RESERVA DE BIOSFERA DELTA DEL PARANÁ (ARG.)
La RBDelta es una expresión de la Política ambiental de Estado del Gobierno Municipal de San Fernando (Provincia de Buenos Aires - República ARGENTINA) para el desarrollo sustentable de su extendido territorio de islas, en el Delta del Río Paraná, que se encuentra a sólo 40 km. del centro de la ciudad capital de la Argentina. Desde el año 2000 forma parte de la RED MUNDIAL DE RESERVAS DE BIOSFERA del Programa MaB - UNESCO.

18 ago 2010

*4/08/10 - DOS RESERVAS ISLEÑAS SUMAN ESFUERZOS EN UN PROYECTO COMUN

LAS RESERVAS DE BIOSFERA DE LA PALMA (ESPAÑA) Y DELTA DEL PARANÁ (ARGENTINA) ACUERDAN INTERCAMBIAR CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIAS

DELTA DEL PARANA
Luego de meses de acercamiento e intercambio de experiencias, el 4 de Agosto de 2010 en la Isla de la Palma, Archipiélago de Tenerife – España; la presidenta del Cabildo de La Palma, Guadalupe González Taño, y la directora de Ordenamiento Ambiental, la Arqta. María Isabel Tortora, en representación del Gobierno Municipal de San Fernando, suscribieron el acuerdo por el cual ambas Reservas estrecharán sus relaciones e intercambiarán conocimientos y experiencias. 

ISLA DE LA PALMA
El convenio tiene como principal objetivo el acercamiento y la mutua colaboración entre las entidades enunciadas en todos los temas relacionados con las tres funciones encomendadas a ambos territorios por parte de la UNESCO, que son: la conservación de los recursos genéticos, las especies, los ecosistemas y los paisajes; el desarrollo económico y humano sostenible; y el apoyo logístico para alentar y respaldar actividades de investigación, educación, formación y observación permanente relacionadas con las actividades de interés local, nacional y mundial encaminadas a la conservación y el desarrollo sostenible.
A su vez, el convenio se fundamenta en los lineamientos del Plan de Acción de Madrid, con la finalidad de fomentar el intercambio de conocimientos y fortalecer las relaciones entre ambas partes.
Para conseguir estos objetivos se trabajará en el desarrollo e intercambio de información, documentación y cartografía, así como asesoramiento técnico para el desarrollo de acciones encaminadas al estudio y valoración de los ecosistemas acuáticos, de interfase y de sus recursos, para la eficacia de su gestión y conservación, con especial incidencia en los sistemas de información geográfica.
Se pondrán en marcha proyectos de formación, investigación y asistencia técnica para el desarrollo integrado de los territorios reconocidos por la UNESCO como parte de su Red Mundial de Reservas de la Biosfera, así como se crearán herramientas de fácil aplicación por pobladores y poblaciones locales, que redunden en la mejora de la eficacia de la administración y gestión, en la consecución de los objetivos comunes y en la aplicación de estrategias y programas de desarrollo sostenible.
Ambas Reservas elaborarán y divulgarán proyectos que contribuyan a la creación de empleo, la investigación científica y técnica, el fomento del desarrollo sostenible y las actividades propias y de interés común para ambas partes.


Como parte del Convenio Marco de Colaboración entre el Consorcio Insular de la Reserva Mundial de la Biosfera La Palma y la Reserva de Biosfera Delta del Paraná, se considera la Declaración de Río de 1992, en la cual se estipula que el desarrollo sostenible se centra en el derecho de los seres humanos a una vida sana y productiva en armonía con la naturaleza, y establece que el derecho al desarrollo debe realizarse de manera que satisfagan equitativamente las necesidades relativas al desarrollo y al ambiente de las generaciones presentes y futuras.

Asimismo, se consideran los principios del Plan de Acción de Madrid, aprobado en el
3er Congreso Mundial de Reservas de Biosfera celebrado en Madrid, en febrero de 2008, en el que se propone:

a) Desarrollar mecanismos para impulsar el desarrollo sostenible en las reservas de biosfera, llevado a cabo de acuerdo con todos los sectores de la sociedad (por ej. Instituciones públicas y privadas, ONG, comunidades interesadas, decisores políticos, científicos, comunidades locales e indígenas, propietarios de tierras y usuarios de los recursos naturales, investigadores y centros de educación, medios de comunicación) para asegurar el bienestar de las poblaciones y su entorno;
b) Probar y aplicar políticas para la adaptación al cambio climático y su mitigación, en coordinación con otros programas intergubernamentales;
c) Usar la experiencia de la Red Mundial, de las redes temáticas del MAB y enfoques interdisciplinarios para desarrollar y probar políticas y prácticas que aborden las cuestiones que afectan a los tipos de ecosistemas clave, a saber, zonas costeras, islas, océanos, montañas, desiertos, bosques tropicales, ecosistemas de agua dulce y áreas de urbanización creciente;
d) Desarrollar programas científicos de investigación basados en el enfoque de la Valoración de Ecosistemas del Milenio (EM) para definir planteamientos que garanticen los servicios prestados por los ecosistemas en el futuro.


Como resultado del convenio entre ambas partes se resuelve:

PRIMERO. Que el objeto principal de este convenio es el acercamiento y la mutua colaboración entre las entidades enunciadas en todos aquellos temas relacionados con las tres funciones encomendadas a nuestros territorios por parte de la UNESCO y los lineamientos del Plan de Madrid, que puedan ser de interés para las partes, persiguiendo un estrechamiento de las relaciones y el intercambio de conocimientos y experiencias.
SEGUNDO. Que para la implementación del tal objetivo general, se propone desarrollar una serie de líneas de actuación tales como:
a) Desarrollo e intercambio de información, documentación y cartografía, así como asesoramiento técnico para el desarrollo de acciones encaminadas al estudio y valoración de los ecosistemas acuáticos, de interfase y de sus recursos, para la eficacia de su gestión y conservación, con especial incidencia en los sistemas de información geográfica.
b) Puesta en marcha de proyectos de formación, investigación y asistencia técnica para el desarrollo integrado de los territorios reconocidos por la UNESCO como parte de su Red Mundial de Reservas de la Biosfera.
c) Intercambio y transferencia de conocimientos, experiencias y metodologías así como creación de herramientas de fácil aplicación por pobladores y poblaciones locales, que redunden en la mejora de la eficacia de la administración y gestión, en la consecución de los objetivos comunes y en la aplicación de estrategias y programas de desarrollo sostenible.
d) Elaboración conjunta de propuestas, proyectos, programas y estrategias relativas al desarrollo sostenible, así como la búsqueda de financiación para la consecución de los mismos.
e) Realización y divulgación de proyectos que contribuyan a la creación de empleo, la actividad empresarial, la investigación científica y técnica, el fomento del desarrollo sostenible y las actividades propias y de interés común para ambas partes, incluyendo el establecimiento de sistemas de calidad para productos y servicios en territorio de las Reservas de la Biosfera.
f) Fomento de la inserción laboral de los estudiantes universitarios, a través de la elaboración de programas y proyectos para la realización de prácticas y estudios vinculados con el desarrollo sostenible en ambos territorios.
g) Impulso de la formación a distancia y el desarrollo de herramientas que faciliten el acceso a la formación continua y especializada en el medio natural y rural, así como la detección de necesidades de formación.
h) Favorecimiento del intercambio de bibliografía, publicaciones, material docente, exposiciones o cualquier otra experiencia cultural, de interés para ambas entidades.
i) Elaboración de programas y proyectos de cooperación de interés mutuo, en los que se especificaran las obligaciones que asumirá cada una de las partes. Dichas iniciativas serán objeto de acuerdos complementarios o de ejecución.
j) Desarrollo de acciones para la sensibilización, dinamización y participación de las comunidades locales de las reservas de biosfera y el fortalecimiento de la identidad local.
k) Organización y participación en reuniones, intercambios, encuentros y todas aquellas actividades que contribuyan a la difusión y transferibilidad de los programas y proyectos realizado entre ambas entidades.

Las partes, de común acuerdo, podrán hacer extensivo este Convenio a otras entidades o podrán solicitar la participación de terceros para colaborar en la financiación, ejecución y evaluación de los proyectos y programas relacionados con el mismo.
Asimismo, las partes se comprometen a mantener un contacto de forma continuada, aprovechando las posibilidades que otorga, entre otras, las nuevas tecnologías de la ciencia y la información y poniendo en servicio servicios gratuitos de acceso a la información, trabajos y documentos.

En Buenos Aires, el Intendente Municipal, Don Gerardo Osvaldo Amieiro suscribirá la copia del acuerdo que se elevará para su ratificación por el Honorable Consejo Deliberante.




TEXTO COMPLETO DEL CONVENIO


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